UNIVERSIDAD
MAYOR DE SAN ANDRES
FACULTAD
DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y FINANCIERAS
CARRERA
DE CONTADURÍA PÚBLICA
INSTITUTO
DE INVESTIGACIÓN DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y AUDITORÍA
UNIDAD
DE POSGRADO
“MONOGRAFÍA”
DIPLOMADO
EN AUDITORÍA FORENSE
TEMA:
DISEÑO DE FICHAS TÉCNICAS PARA LA DISMINUCIÓN DE IRREGULARIDADES EN EL MANEJO DE
ACTIVOS FIJOS EN LA GOBERNACIÓN DE COCHABAMBA
Postulante:
Vicky Maribel Villarreal Bernabe
Docente:
Pablo Aranda Manrique
La
Paz, Bolivia
2019
Contenido
Referencias Bibliográficas
Índice
de Gráficos
Índice
de Anexos
Anexo
2. Notas
Anexo
3. Manual de Procedimientos para la administración de almacenes, bienes muebles,
bienes inmuebles y vehículos
Anexo 4. SAS 99 - Consideración del Fraude en
Auditoría de Estados Financieros
Anexo 5. Ley Sarbanes - Oxley
Resumen-Abstract
La
búsqueda de estrategias, planes, herramientas que apoyen el fortalecimiento de
las entidades, para eliminar las prácticas deshonestas, anti profesionales, que
promuevan la responsabilidad, transparencia, moralidad, ética profesional, en
el manejo de recursos designados a cada entidad, institución u organización
público o privado, así como la adecuada
administración de los mismos, es que surge la necesidad de implementar el: “DISEÑO DE FICHAS TÉCNICAS PARA LA DISMINUCIÓN DE IRREGULARIDADES
EN EL MANEJO DE ACTIVOS FIJOS EN LA GOBERNACIÓN DE COCHABAMBA” para
lograr objetivos que impliquen una determinación legal, ante supuestos actos
fraudulentos, permitiendo que casos similares se proceda de forma inmediata,
basada en las normas, resoluciones internas de una entidad o externas de la
misma, los casos existentes en la Gobernación llaman la atención por la falta
de celeridad y rigurosa actualización del avance de cada uno de ellos, las
normas de la institución estudiada llegan a ser obsoletas para algunos
funcionarios, motivo por el que deciden actuar contra la institución, realizando
movimientos fraudulentos con los activos fijos que son uno de los más
vulnerables en varias de las instituciones públicas y privadas por la falta o
poco control y administración entre otras.
El
presente trabajo va dirigido a analizar desde el punto de vista de la Auditoría
Forense el prevenir la corrupción de las
organizaciones no lucrativas y fraudes, observando la situación en la que se
encuentra la Gobernación de Cochabamba con respecto al manejo de los activos
fijos, si en caso se diera el fraude indagar, explorar, analizar acerca de los
supuestos perpetradores logrando encontrar a los verdaderos culpables, y el por
qué estos cometieron tal acto, las razones de su cometido, determinando
indicios de responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal, con
autonomía funcional, financiera, administrativa y organizativa.
El
objetivo general es erradicar de
forma responsable, sistemática y profesional, las irregularidades en el manejo
de activos fijos de los funcionarios en la Gobernación de Cochabamba, u otras
relacionadas como el destino de estos activos.
1. Introducción
Las irregularidades de cualquier
índole ocasionan desastres en una u otra entidad, organización o
institución pública y privada en un Estado, llevando a pérdidas irreparables. La mayoría quienes
realizan este fraude son los propios funcionarios o empleados de estas
instituciones, dependientes que realizan tal acto, estos que fueron
investigados alegando según las notas informativas de los distintos medios de
comunicación es que lo hacen por: necesidades familiares, necesidades
monetarias, para obtener poder, por venganza a la institución y otras razones, considerando
según las
organizaciones especializadas, tales como la Asociación de Examinadores de
Fraudes Certificado (ACFE), Instituto Americano de Contadores Públicos
Certificados (AICPA) y el Instituto de Auditores Internos (IIA) sus conceptos
de fraude son los que aparecen en el SLIDE. Logrando señalar que en todos los
casos se destaca la finalidad de los mismos: el aprovechamiento o beneficio de
determinadas personas o instituciones.
El
fraude está instalado en la vida cotidiana, en la sociedad, formando parte de
la cultura, existiendo factores socioculturales de carácter permanente, que
corresponden al ambiente social y otros factores circunstanciales
correspondientes al entorno y lugar. Percatándose de tres atributos por los que
se desarrolla estos fraudes: oportunidad, racionalización e incentivo, plasmadas
en la NIA 240, a los que últimamente se ha añadido un cuarto factor la capacidad de actuación dando origen al
diamante del fraude.
No obstante se logra evidenciar
que estos fraudes son intencionales, predeterminados, estudiados, que estos
logran perpetrar.
Ahora
bien, utilizando todo lo mencionado anteriormente para
el desarrollo de este trabajo, visualizando que los hechos cometidos en contra
de la Gobernación de Cochabamba fueron múltiples, y tomando en cuenta algunos
ejemplos para el conocimiento general, incluyendo casos de diferente carácter en
relación de esta investigación, utilizadas como comparación de la situación en
la que se encuentra la institución estudiada. También observar las normativas,
resoluciones, decretos u otros parámetros dentro del marco normativo para su
pleno desarrollo ante estos casos, si estas son utilizadas de forma continua y
simultánea al momento de tratarse de los activos fijos, su procedencia, su
destino, costos reales, su control, revalorizaciones, todo con su respectiva
documentación de respaldo siguiendo las normas contables y de auditoría.
2. Planteamiento
del problema
2.1.
Formulario
del problema
¿Existe la suficiente responsabilidad, control,
administración y designación de recursos de los activos fijos por parte de los
funcionarios en la Gobernación de Cochabamba como para implementar estas Fichas
Técnicas?
El manejo constante de las normativas así como de
las fichas técnicas paralizaría estas irregularidades que ocasionan perdidas
innumerables a la institución, sin lograr recuperar el total de las perdidas.
Un problema es cualquier dificultad que no se puede
resolver automáticamente, es decir, con la sola acción de nuestros reflejos instintivos
y condicionados, o mediante el recuerdo de lo aprendido anteriormente. (Ramón
Ruíz, 2007:34)
3. Objetivos
3.2. Objetivo General
Disminuir de forma responsable, sistemática y
profesional, las irregularidades en el manejo de activos fijos de los
funcionarios de unidades involucradas relacionadas a la procedencia y destino
de estos activos fijos de la Gobernación de Cochabamba, con el diseño de Fichas
Técnicas para su posterior implementación.
3.3. Objetivos
Específicos
-
Examinar
el nivel de responsabilidad de los funcionarios involucrados en sus unidades
con respecto al manejo de Activos Fijos de la Gobernación de Cochabamba.
-
Identificar
si existe un adecuado inventario de los activos fijos de forma periódica basado
en normas vigentes o resoluciones internas.
-
Proponer la elaboración de Fichas
Técnicas para el control y manejo de todos los activos fijos pertenecientes a
la institución.
4. Justificación
4.1. Justificación Metodológica
El
desarrollo de este trabajo se da por los múltiples casos de mal manejo e
irregularidades de los activos fijos en la Gobernación de Cochabamba, con base
al módulo de Ejecución de la Auditoría Forense, Psicología Forense y Criminología
buscando a los responsables de estos fraudes siendo debidamente identificados,
utilizando el método descriptivo que
permitirá analizar toda la información obtenida.
A su vez se utilizará un enfoque
deductivo que parte del problema principal, para luego proponer una solución al
mismo.
La implementación de estas fichas técnicas para el control interno permitirá
evitar los manejos inadecuados de los activos fijos hasta su destino final.
Control
Interno es un proceso efectuado por el consejo de Administración , la Dirección
y el resto del personal de la Entidad, diseñado con el objeto de proporcionar
un grado de seguridad razonable.( Informe COSO, 1992:32).
4.2. Justificación Académica
Coadyuvar
en la investigación al público en general
minimizando en el futuro irregularidades o fraudes en el manejo de los
activos fijos en distintas organizaciones públicas o privadas, logrando diseñar
herramientas en base al conocimiento adquirido en el transcurso del Diplomado, para
posteriormente implementarlas.
4.3. Justificación Práctica
Esta
herramienta diseñada procura favorecer a la Gobernación de Cochabamba
otorgándole seguridad en la administración de bienes internos y que los activos fijos no sean utilizados de
forma irresponsable y arbitraria por los propios funcionarios.
5. Marco Teórico / conceptual
5.1.
Definición de Activo
Los activos, son los recursos de
propiedad de una institución, susceptibles de valoración monetaria que se
espera beneficien las operaciones futuras. Los activos pueden tener forma
física definida como los edificios, bienes muebles, muebles y enseres, equipos
de comunicación o las mercancías. De otra forma algunos activos no son
tangibles, pudiendo ser en forma de títulos o derechos reales. (Finney H., Tomo
I)
Un activo es un recurso controlado
por la entidad como resultado de sucesos pasados, del que la entidad espera
obtener, en el futuro, beneficio económico.
5.2. Clasificación de Activos
Los activos se
clasifican en:
5.2.1. Activo Corriente
Hace referencia a las cuentas que conforman los
fondos disponibles y aquellos bienes o derechos que se espera convertir en
dinero, en el corto plazo.
5.2.2. Activo No Corriente
Constituido por las inversiones permanentes de la
entidad y otros efectos no enajenables como bienes de cambio, así como derechos
que son convertibles después del periodo normal de un año, el Activo
Fijo se encuentra dentro de este grupo.
5.3. Activos Fijos
Activo Fijo o Bienes de Uso a
aquellos de naturaleza permanente, con una vida útil superior a un año y un
valor relativamente significativo. Comprende los bienes materiales como
inmuebles, equipo de oficina y muebles, semovientes, adquiridos; producidos por
la entidad, organización o institución, recibidos en donación o transferencia
que no se agotan en su primero o pocos usos, ni tampoco cambian de forma, y su
incorporación a la entidad se realiza con el propósito de ser empleados en las
operaciones propias o desarrollo específico de las actividades de las entidades
públicas.
Los activos fijos es el conjunto de
bienes de naturaleza relativamente, adquiridos, desarrollados, construidos por la
administración propia o por contrato, necesarios para el cumplimiento de
objetivos institucionales.
Para que un bien sea considerado
activo fijo debe cumplir las siguientes características:
a) Ser físicamente tangibles.
b) Son
adquiridos para uso de la entidad o empresa, que los utiliza de manera continua
en el curso normal de sus operaciones (no están dispuestos para la venta
inmediata), duración relativamente permanente.
c) Deben
ser utilizados en la producción o comercialización de bienes y servicios para
ser alquilado a terceros, o para fines administrativos.
d) Algunos
bienes están sujetos a depreciación, otros a un agotamiento y otros no se
deprecian ni se agotan. Se revalorizan mediante el concurso de profesionales
expertos en la materia (Peritos independientes)
e) Son costos diferidos porque se insumen
periódicamente hasta agotar su vida útil.
f) Valor
monetario relativamente significativo. Forman parte del activo no corriente;
puesto que son de naturaleza duradera (mayor de un año). Vida útil relativamente
larga, los beneficios obtenidos de estos deben extenderse, por lo menos más de
un año o un ciclo normal de operaciones, el activo fijo se distingue de otros
activos (útiles de escritorio, por ejemplo) que son consumidos dentro del año o
ciclo operativo de la entidad.
Es necesario aclarar que la clasificación de un bien como activo fijo no
es única y depende del tipo de negocio de la empresa, si bien podría ser
considerado como activo fijo o inventario. Ejemplo, un vehículo es considerado
como activo fijo para una empresa que vende artefactos de herramientas usados
para entrega a domicilio, pero este puede ser considerado como inventario para
otra empresa que distribuya las movilidades, es decir para su venta y ya no
uso.
5.4. Clasificación de Activos Fijos
5.4.1. Activo Fijo en Operación
Hace
referencia a todos los activos fijos adquiridos o construidos, aplicados
exclusivamente al uso en las operaciones en la empresa, ejemplo maquinaria.
5.4.2. Edificios
Son
los edificios y a su vez las instalaciones destinados al uso de la
entidad. Así mismo comprende las instalaciones unidas permanentemente y que
forman parte del mismo, las cuales no pueden instalarse ni moverse
sin romper paredes, pisos o techos del mismo.
Se
encuentran dentro los mecanismos y dispositivos necesarios para las tareas de
producción de bienes de los entes públicos.
Es
todo el equipamiento y el moblaje necesario, que facilitan a las instituciones
o actividades propias de las entidades públicas en la prestación de servicios,
o producción de bienes.
Incluye
los mecanismos; vehículos, tractores, moto-niveladoras, asimismo ascensores
escaleras mecánicas, etc. Para las tareas de prestación de servicios y
producción de bienes de los entes públicos o privados.
Comprende
los mecanismos, equipamiento, implementos y dispositivos necesarios para las
tareas de prestación de servicios de salud de los entes públicos o privados.
Son
los mecanismos, equipamiento y dispositivos necesarios para las tareas de
prestación de servicios de las entidades, instituciones u organizaciones.
Refiere
a los mecanismos, equipamiento, mobiliario, implementos y dispositivos
necesarios para las tareas de enseñanza y recreación de las instituciones u
organizaciones.
Son
los predios adquiridos o incorporados por las entidades para permitir el
funcionamiento de las mismas. El costo del terreno sobre el cual se encuentran
las edificaciones institucionales o de dominio privado se deben registrar en
esta cuenta.
Son
los activos inmateriales, no cuantificables físicamente, su valor reside en los
derechos y beneficios que su posesión confiere a la entidad tenedora, como ser
derechos de uso de la propiedad intelectual, comercial, industrial y otros de
característica similar. El valor contable neto se obtiene deduciendo al valor
bruto de las cuentas del activo intangible, el monto de la amortización
acumulada.
5.4.11. Bienes Fungibles
También
mencionare a bienes fungibles, son los que se consumen con el uso
inmediato, pierden su valor o cambian de forma, no pueden ser utilizados
mayormente. Son del grupo en que los bienes tienen una vida útil estimada
siendo inferior al periodo (un año) y valor no es significativo. Son
considerados desechables y reemplazables, no son bienes de relevante
importancia, sin ser sujeto de revalorizar y contabilizar.
5.4.12. Semovientes y otros Animales
Gastos
destinados a la adquisición de ganado de diferentes especies y todo tipo de
animales adquiridos con fines ornamentales, de reproducción o de trabajo.
5.4.13. Activos Museológicos y
Culturales
Gastos
destinados a la adquisición y/o restauración de activos museológicos y
culturales, que no son depreciables.
5.4.14. Otros Activos
Gastos
destinados a la adquisición de otros activos fijos no descritos anteriormente.
Incluye objetos valiosos y bibliotecas, no depreciables. (Clasificador por
Objeto del Gasto, 2014:110)
5.5. Marco Legal y técnico de Activos Fijos
-
Resoluciones Ministeriales anuales, que aprueban
las Directrices de Formulación Presupuestaria y Clasificadores Presupuestarios
(grupo 4000 activos reales)
-
Resoluciones Ministeriales anuales, emitidas por la
Dirección General de Contabilidad Fiscal, los que aprueban los Instructivos de
cierre presupuestario, contable y de tesorería.
-
Reglamentos internos de cada entidad, que regulen
el manejo adecuado de los activos fijos.
Si se diera situaciones no previstas
ni establecidas en ninguna de las anteriores normas se tomará en cuenta a la
Dirección General de Normas de Gestión Pública Plurinacional o las Normas de
Contabilidad emitidas y reconocidas por el consejo Técnico Nacional de
Auditoría y Contabilidad (CTNAC) dependiente del Colegio de Auditores de
Bolivia.
5.6. Administración de los Activos Fijos
El objetivo de la administración
establece lineamientos y controles administrativos que puedan optimizar la
disponibilidad, el uso, conservación, el control físico-valorado del activo
fijo y disminuir los costos de sus operaciones de los bienes de uso en las
entidades públicas, en base a las disposiciones legales, técnicas y contables,
generando información confiable para la toma de decisiones respecto a futuras
adquisiciones, mantenimientos, reparaciones, disposición o baja, logrando un
manejo eficiente de los mismos.
5.7. Prohibiciones a los Servidores Públicos con
respecto a los Activos Fijos
-
Sacar bienes de la entidad sin autorización del
Responsable de Activos Fijos.
5.8. Sistema de Administración de Bienes
y Servicios
Instrumento
que ayuda con un conjunto de normas de
carácter jurídico, técnico y administrativo que regula en forma interrelacionada
con los otros sistemas de administración y control de la Ley N° 1178 de 20 de
julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales, la contratación,
manejo y disposición de bienes y servicios de las entidades públicas, la cual
está compuesta por tres subsistemas:
5.8.1. Subsistema de Contratación de
Bienes y Servicios
Son el conjunto de funciones,
actividades y procedimientos administrativos para adquirir bienes o contratar
servicios.
5.8.2. Subsistema de Manejo de Bienes
Comprende las funciones, actividades
y procedimientos referidos a la administración o manejo de bienes.
5.8.3. Subsistema de Disposición de Bienes
Es el conjunto de funciones,
actividades y procedimientos relacionados con la toma de decisiones sobre
el destino de los bienes de uso institucional de propiedad de la entidad, cuan
do estos no son utilizados.
5.9. Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados
Los activos inmovilizados deben
llevarse al costo de adquisición o construcción histórico, más las revalorizaciones
necesarias para reflejar cambios en el poder adquisitivo de la moneda. En todo
caso deberá castigarse en caso de pérdida u obsolescencia, y deben clasificarse
en:
a)
Vida
útil superior a un año sin intención de enajenarlos.
b)
Deben
contabilizarse reservas por depreciación con el propósito de cargar a las
operaciones la inversión en activos depreciables durante el período de vida
útil de estos activos.
c)
La
naturaleza y cuantía de los activos restringidos o gravados debe mostrarse en
nota a los estados financieros.
d)
Debe
existir uniformidad en el método de depreciación utilizados.
Todo reflejo de información
financiera de los Estados Financieros debe estar bajo las PCGA para la toma de
decisiones a la Gerencia o Máxima Autoridad Ejecutiva.
5.9.1. Norma Contable 4 –
Revalorización Técnica de Activos Fijos
La Norma hace referencia al
procedimiento para la realización del revalúo técnico de activos fijos
(propiedad, planta y equipo), considerando la necesidad de que el mismo sea
realizado por un perito o profesional independiente, además de ser aprobado por
el directorio u órgano ejecutivo responsable y la Junta de Accionistas o
Asamblea de Socios, según corresponda, para su incorporación en los Estados
Financieros.
Desde el punto de vista contable,
establece que el incremento por revalorización debe acreditarse a la cuenta
patrimonial “Reserva por Revalúos Técnicos” y en caso de un decremento, este
debe imputarse a la cuenta de resultados “Ajuste por Inflación y Tenencia de
Bienes”, además de revelar mediante notas a los Estados Financieros el
procedimiento aplicado para la medición de activos fijos. Así mismo, menciona
que el importe de la cuenta patrimonial “Reserva por Revalúos Técnicos” puede
ser capitalizado o utilizado para absorber pérdidas.
El informe del profesional
independiente, por lo tanto, debe contener los valores revalorizados de los
activos, además de sus nuevas vidas útiles, las mismas que serán utilizadas
para el cálculo de la depreciación futura, considerando también las bases
técnicas utilizadas para realización del procedimiento.
Los aspectos relacionados con la
revalorización técnica de activos fijos se encuentran descritos en la NIC 16
Propiedad, Planta y Equipo, exigiendo el mismo procedimiento técnico para su
realización. Sin embargo, desde el punto de vista contable, cabe señalar que el
tratamiento antes descrito, es concordante con lo señalado en la NIC 16, pero
únicamente para el primer revalúo de los bienes de uso. La aplicación del
método de la revaluación para medir revalorizaciones periódicamente, por lo que
en los procedimientos de revalorización posteriores se debe considerar que
ocurrió en la revalorización anterior, antes de proceder a registrar los nuevos
valores revalorizados, con el propósito de mitigar estos impactos y reflejar el
superávit o pérdida en términos netos.
En el caso de la cuenta patrimonial
emergente de este procedimiento, denominada “Superávit por revaluación”, esta
no es objeto de capitalización y y su saldo debe mantenerse y regularizarse
periódicamente dependiendo de las regularizaciones que se realicen en los
bienes de uso que fueron objeto de revaluación; por lo tanto, se realiza la
gestión de ésta cuenta conjuntamente la de los elementos de propiedad, planta y
equipo que fueron revalorizados. (Carlos
Ernesto Gonzales Alanes, 2014:13)
5.10. Marco Normativo de la Gobernación de Cochabamba
Para las siguientes disposiciones legales se tomarán en cuenta:
-
Constitución
Política del Estado.
-
Ley
Nº 1178 de 20 de julio de 1990 de Administración y Control Gubernamental.
-
Ley
Nº 004 de Lucha Contra la Corrupción “Marcelo Quiroga Santa Cruz”.
-
Decreto
Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, que aprueba las Normas Básicas del
Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS).
-
D.S.
N° 23318-A de 3 de noviembre de 1992 de Responsabilidad por la Función Pública.
9
-
Decreto
Supremo Nº 26237, de 29 de junio de 2001, Modificación del Reglamento de
Responsabilidad por la Función Pública (D.S. Nº 23318-A).
-
D.S.
N° 21364, de 13 de agosto de 1997 – Reglamento de la Ley Financial
-
D.S.
N° 21781, de 03 de diciembre de 1997 – Ampliación de vigencia del D.S. N°
21364.
-
D.S.
N° 20928, de 18 de julio de 1985.
-
Reglamento
Interno de la servidora y servidor Público vigente.
-
Código
de Ética vigente.
Estas disposiciones establecidas son de uso y aplicación obligatoria por
todas las servidoras (es) públicos del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo
del Departamento.
5.11. Manual para la Administración de Activos Fijos
El objetivo del manual es generar un
proceso de información documentada de los bienes de coordinación, vigilancia
que permita realizar una gestión actualizada, confiable, que facilite al
Registro Contable y fortalezca el Control Interno y de gestión dentro de la
administración del activo fijo de la Gobernación del Departamento. (Manual para
la Administración de Activos Fijos, 2015:87)
5.12. Normas de Auditoría
Las normas de Auditoria es un
conjunto de principios definidas por leyes gubernamentales o por un organismo
con autoridad a nivel del país y cuya aplicación es obligada en la conducción
de una auditoría o servicio relacionado, como las NAG, NIAs, NAGAS.
5.13. Auditoría Interna
La labor de la Auditoria Interna es un servicio que
se da en varias instituciones, entidades u organizaciones entre otras, en este
caso a la Gobernación Cochabambina, siendo independiente de la actividad
establecida dentro de la misma. Llegando a ser el control interno posterior que
funciona por medio del examen y valoración de lo adecuado y efectivo de los
controles. El examen de Auditoria Interna comprende una serie de procesos y
técnicas, a través de las cuales se da seguridad al Máximo Ejecutivo respecto a
las actividades de su propia organización; a partir de la observación en
el trabajo respecto a:
a)
Los controles
establecidos por la Gobernación de Cochabamba, son mantenidos adecuada y
efectivamente en todas y cada una de sus Unidades Administrativas.
b) Si los registros e informes reflejan las
operaciones actuales a los resultados de manera adecuada y rápida en la
Administración, Programas y Proyectos.
5.14. Concepto de Fraude
La
palabra fraude procede del vocablo latino FRAUDEM, que significa hacer algo de
mala fé. También incluye el fraude, la falsificación intencional de un hecho
con objeto de que la persona engañada actué de una manera determinada. El
fraude es una acción generadora de beneficios materiales y su control se ubica
en la acción organizacional o el tratamiento judicial. En el Código Penal
Boliviano este tipo de delitos se encuentran enmarcados en el Capítulo IV y V,
Estafas y Otras Defraudaciones – Apropiación Indebida.
Es
así que por los distintos fraudes se toma en consideración los siguientes activos
fijos:
5.14.1. Sobrevaluación de Activos
fijos
Un
defraudador incrementa las cuentas de activo para fortalecer el Estado de
Resultados y aunque la valuación de activos generalmente no incrementa el valor
corriente de mercado, puede afectar mediante las estimaciones que son usados
para determinar los valores residuales y la vida útil de un bien depreciable,
dando así la oportunidad para perpetrar por la manipulación de una valuación
inapropiada de activos fijos.
5.14.2. Ingresos o salidas
ficticias
Son causados luego del registro de ventas de bienes
o servicios que no llegaron a ocurrir; donde a menudo las ventas ficticias, se
ajustan al final del periodo contable, dando reversa a la venta generada,
mediante cancelación de la venta o ajuste, tratando de ocultar el fraude.
Tomando en cuenta la falsificación de ingresos en un periodo deben de reflejar
la caída irrelevante de ingresos en el ingreso acumulado del siguiente período,
realizando una y otra vez el mismo acto perpetrador afectando a las cuentas por
cobrar pudiendo ser disuelta por reserva de Cuentas Incobrables.
5.15. Factores que intervienen
Como
ya se mencionó, en las Organizaciones Especializadas consideran factores por
las cuales se desarrollan los fraudes, siendo los siguientes los más usuales:
5.15.1. Factores culturales
Esta cultura está llena de
relatos en los que los fraudes son frecuentes y generalmente aceptados.
Ejemplos como la Biblia, donde la serpiente engaña a Eva y Caín a Abel, así
como la novela picaresca con el lazarillo, el buscón, los cuentos con
Caperucita, Pulgarcito, o míticos ladrones como Robín Hood o bandoleros como
Curro Jiménez, o incluso películas como la española “Los Tramposos”, entre
otros. Existe por tanto una cierta permisividad popular hacia el fraude, de
forma que mientras se reprueba el robo por medios violentos, se aprueba y a
veces se festeja el fraude basado en la astucia, el engaño, el ingenio, sobre
todo frente a un enemigo más poderoso como la administración pública, las
entidades financieras y las empresas.
5.15.2. Factores sociales
El culto al dinero, la desestimación de
valores como la honradez, la fidelidad, la cultura del pelotazo, la
institucionalización de las comisiones, los recientes escándalos financieros,
la consigna moral de “tanto tienes tanto vales”.
5.15.3. Factores económicos
Volúmenes de fraude van unidos a los
volúmenes de dinero, por ello el fraude está donde se concentra y fluye el
dinero, es decir en las empresas.
5.15.4. Factores circunstanciales
Son los relativos a la persona, a sus
conocimientos, su carácter y formación, al entorno y su ambiente, al momento y
su oportunidad. En este caso hace reterencia al entorno empresarial, al momento
y oportunidad del fraude en la empresa.
De los factores culturales así como a los circunstanciales a
los que también hice referencia, se reconocerá que estos elementos se verán
potenciados si las circunstancias que concurran en los entornos en los que se
desenvuelvan las amenazas de los fraudes se viesen potenciadas o favorecidas,
como por ejemplo las condiciones de trabajo en las que se desarrolle la
actividad, tales como:
a) Externalización
de actividades. Alejamiento de los procesos, actividades desarrolladas en
culturas empresariales diferentes.
b) Inseguridad
laboral. Disminución de la fidelidad con la organización.
c) Deterioro
de la calidad de los servicios. Pérdida de autoestima y reputación empresarial.
d) Elevación
de la morosidad. Peligro de continuidad de la empresa.
e) Nuevos
servicios. Desconocimiento en detalle de los procesos empleados,
debilidad de los controles.
f) Desorden
administrativo. Carencia de custodia de documentos.
g) Eliminación
de rutinas y controles básicos: Perdidas de eficacia en los controles.
h) Implantación
de nuevos procesos sin adecuado contraste. Improvisación
y carencias de controles verificados.
Se puede
observar que en todos los casos se podría producir un incremento de los
factores del riesgo de fraude, consecuencia de: Deterioro de la cultura de
control, Falta de compromiso de la Alta Dirección, Controles básicos
deficientes, Permisividad a las prácticas corruptas.
Es
comúnmente aceptado que para que se pueda producir un fraude interno en una
empresa deben de cumplirse tres circunstancias, requisitos o condiciones
previas, las cuales forman lo que se denomina triángulo del fraude. Estas
condiciones son:
-
Saber: el defraudador conoce los procedimientos administrativos,
por lo general los utiliza frecuentemente en su trabajo y sabe de sus
debilidades, de sus descontroles y disfunciones, conoce también las
consecuencias y ganancias que le puede reportar su acción, e intuye aquellos
resquicios por los que puede actuar sin dejar huella. Existe la OPORTUNIDAD.
-
Poder: el defraudador sabe de los controles que se realizan a
posteriori, las pistas que no se siguen, las verificaciones que no se realizan,
los vacíos de control, la falta de conciliaciones de resultados, poca
integridad de algún tipo de información en donde la inconsistencia pasa
desapercibida. Conoce que es difícil que detecten ciertas actuaciones y mucho
más difícil que se descubra al autor. Lo RACIONALIZA
y tiene capacidad para actuar
-
Querer: tiene voluntad de
hacerlo. Las circunstancias sociales, las personales, el medio cultural, los
malos ejemplos, el deficiente ambiente de trabajo, su escasa formación moral,
su lamentable sentido de la responsabilidad, de la ética, del pudor, de la
fidelidad, y su mala conciencia se lo permiten y lo justifican. Se beneficiará
de ello INCENTIVADO.
Fuente: Guía de gestión del riesgo de fraude y la
auditoría, 2017
5.16. Auditoria de Activos Fijos
Esta auditoria consiste en demostrar que los
activos listados en el Balance General son realmente existentes, que la
institución es propietario de dichos activos y que la evaluación son los
principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.
5.17. Gobernación de Cochabamba
“El Gobernador del Departamento de Cochabamba en el
ejercicio de sus atribuciones y competencias, electo por voto universal y
directo, armonizará las políticas del Departamento con las políticas nacionales
y optimizará los mecanismos operativos de la Gobernación, con la finalidad de
mejorar la eficacia y eficiencia de la provisión de bienes y servicios a la
sociedad. Ejercer las atribuciones y funciones que asigna la Constitución
Política del Estado, la Ley de Marco de Autonomías y las disposiciones del
ordenamiento jurídico vigentes que le sean aplicables, según su página virtual.
Las especulaciones, según Platón y Aristóteles, no
son estremecimientos caprichosos que estimulan la risa o el asombro, sino que
son serios ejercicios de la inteligencia y de los sentimientos respecto del
destino del hombre en el Gobierno: previenen, estimulan, informan. Muestran
como las mentes y las personas, e un determinado momento, hacen frente a los
problemas que se les presentan según el lugar que estos ocupan (Hermann Finer, 1964: 8)
5.17.1. Visión
La visión es la declaración del GADC
sobre lo que aspira a ser y sobre las expectativas para el futuro; significa el
reto de la institución para cumplir su misión.
La Visión del órgano ejecutivo
Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba al 2017 es la siguiente: Al 2017, el
Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, es líder en la gestión pública
departamental, con una estructura organizativa adecuada, personal cualificado y
compromiso social; con transparencia e igualdad de oportunidades orientada a la
vida digna.
5.17.2. Misión
Conceptual y legalmente, la misión
es la razón de ser del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, expresada
en objetivos permanentes, la misma que se establece en concordancia con el
instrumento jurídico de creación de la entidad, así como con la Constitución
Política del Estado y otras disposiciones legales sobre la organización del
Sector Público.
La Misión del órgano ejecutivo del
GADC, se expresa en los siguientes términos: El Gobierno Autónomo Departamental
de Cochabamba es una institución de servicio público que planifica, promueve e
implementa el desarrollo integral departamental, articulado al desarrollo
nacional, en coordinación con actores sociales e institucionales.
5.17.3. Organigrama
a) Directora (or) de
Administración - Responsable principal ente la MAE
Por el manejo de bienes en lo referente a la
organización, funcionamiento y control a través de las instancias operativas
especializadas en la materia como ser: Área de Almacenes, Área de Activos
Fijos, Área de Transportes y Área de Logística,
b) Responsable del Área de
Activos Fijos
Es responsable por el registro y custodia de la
documentación original de derecho propietario de los bienes inmuebles y
vehículos, así como del seguimiento y ubicación física y entrega de los bienes
muebles inmuebles y vehículos.
De la aplicación operativa del proceso de manejo de
bienes muebles e inmuebles, como también de la información que emita y/o remita
con fines de registro, toma de decisión y otros requeridos por instancias
superiores de la Institución y el Órgano Rector y a otras instituciones
cumpliendo la normativa vigente.
5.17.4. Concepto
La
administración de Activos Fijos Muebles, es la función administrativa que
comprende actividades y procedimientos relativos al ingreso, asignación,
mantenimiento, salvaguarda, registro y control de bienes de uso del Órgano
Ejecutivo del Gobierno Autónomo del Departamento.
5.17.5. Objetivo
Tiene
por objetivo lograr la racionalidad en la distribución, uso y conservación de
los activos fijos muebles de propiedad o bajo custodia del Órgano Ejecutivo del
Gobierno Autónomo del Departamento.
5.17.6. Alcance
Las
disposiciones de este capítulo, se aplicarán a todos los activos fijos muebles
de propiedad o bajo custodia del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo del Departamento.
Los
Servicios Departamentales Desconcentrados dependientes de la Institución, que
por su particularidad y especificidad requieran de un Manual de Procedimientos,
deberán elaborar su propio Manual en el marco de la normativa y disposiciones
vigentes o adecuar el presente Manual; entre tanto será aplicable el presente
Manual en todo lo que sea compatible a sus propias características, forma de
funcionamiento y a su normativa sectorial respectiva.
En
caso de inexistencia, entre tanto será aplicable el presente Manual en todo lo
que sea compatible a sus propias características, forma de funcionamiento y a
su normativa sectorial respectiva del Servicio Departamental.
5.17.7. Organización para la
Administración de Activos Fijos Muebles
El
Área de Activos Fijos del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo del
Departamento, depende de la Dirección de Administración y éste a su vez de la
Secretaría Departamental de Finanzas y Administración.
El
Área de Activos Fijos tiene como funciones:
-
Administración
de activos fijos muebles y equipos de oficina
-
Administración de vehículos
-
Administración
bienes inmuebles
Como
tal el Manual de Procedimientos para la
Administración de Almacenes, Bienes Muebles, Inmuebles y Vehículos menciona el
manejo de los activos fijos pero se observó según las múltiples noticias por lo
tanto presumo que su Manual así como otras normas no están siendo utilizadas de
forma correcta.
5.18. Sanciones por incumplimiento de la aplicación del Manual de
Procedimientos
La secretaria Departamental de Finanzas y Administración, verificará el
grado de cumplimiento del presente Manual de Procedimientos y la Dirección de
Auditoría Interna, estará encargada de realizar el control posterior
respectivo.
El incumplimiento de las normativas emitidos, generará responsabilidad
de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 1178 de Administración y Control
Gubernamental Art. 1-inciso c) que establece: “Lograr que toda servidora (or)
público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus
actos, rindiendo cuenta no solo de los objetivos a que se destinaron los
recursos públicos que le fueron confiados, sino también de la forma y resultado
de su aplicación. (Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamental Art. 1)
5.19. Auditoría Forense
Según
un estudio de Auditoria Forense menciona que los auditores especializados en
Forense llega a cubrir por los menos, aparte de Contador Público áreas como
legal, auditoria, investigativa, administración de riesgos, relacionadas al
tema de fraude, controles, sistemas de prevención, irregularidades,
características psicosociales de los ladrones y desfalcadores, tipos de robo,
desfalco, entre otros.
Por
lo tanto la Auditoria Forense especializada en descubrir, evaluar, divulgar y
certificar sobre la evidencia de fraudes ocurridos en el desarrollo de las
funciones privadas y públicas, conforme a las normas y leyes determinadas por
el Estado y sus dependencias oficiales. Para el Caso de empresas privadas se
debe seguir lo estipulado por las normas y reglamentos internos (Carlos
Reynaldo Coronel T., 2012:7).
5.19.1. Normas para coadyuvar a la Auditoría Forense.
Son las
siguientes:
SAS N° 82 - Consideraciones sobre el Fraude en una
Auditoría de Estados Financieros.
Esta norma entra en vigencia a partir de
1997 y clarifica la responsabilidad del auditor por detectar y reportar
explícitamente el fraude y efectuar una valoración del mismo. Al evaluar el
fraude administrativo se debe considerar 25 factores de riesgo que se agrupan
en tres categorías:
1.Características de la administración e influencia
sobre el ambiente de control (seis factores);
2.Condiciones de la industria (cuatro factores); y
3.Características de operación y de estabilidad
financiera (quince factores).
El SAS N° 82 señala que el fraude implica:
(a) una presión o incentivo para cometerlo; y (b) una oportunidad percibida de
hacerlo. Generalmente, están presentes estas dos condiciones.
SAS N° 99 - Consideración del fraude en una
intervención del estado financiero
Esta declaración reemplaza al SAS N° 82
«Consideraciones sobre el Fraude en una Auditoría de Estados Financieros » y
enmienda a los SAS N°1 «Codificación de normas y procedimientos de auditoría» y
N° 85 «Representaciones de la Gerencia» y entró en vigencia en el año 2002.
Aunque esta declaración tiene el mismo nombre que la anterior, es de más
amplitud pues proporciona a los auditores una dirección extendida para detectar
el fraude material y da lugar a un cambio substancial en el trabajo del
auditor.
Este SAS realza la importancia de
ejercitar el escepticismo profesional durante el trabajo de auditoría.
Asimismo, requiere que un equipo de auditoría:
1. Discuta en conjunto cómo y dónde los estados
financieros de la organización pueden ser susceptibles a una declaración
errónea material debido al fraude.
2. Recopile la información necesaria para identificar
los riesgos de una declaración errónea material debido al fraude.
3. Utilice la información recopilada para identificar
los riesgos que pueden dar lugar a una declaración errónea material debido al
fraude.
4. Evalúe los programas y los controles de la
organización que tratan los riesgos identificados.
5. Responder a los resultados del gravamen.
Esta declaración describe los requisitos
relacionados con la documentación del trabajo realizado y proporciona la
dirección con respecto a las comunicaciones del auditor sobre el fraude a la
gerencia, al comité de auditoría y a terceros.
La SAS 99 requiere que cuando el auditor
sospecha de que puede haber un fraude, obtenga evidencia adicional para
determinar si ha ocurrido un fraude material. Los auditores con frecuencia
utilizan la consulta, como se analizó anteriormente, como parte del proceso de
recopilación de información.
También requiere que el auditor considere
las implicaciones de otros aspectos de la auditoria. Por ejemplo, un fraude que
involucra la malversación de efectivo de un fondo de caja chica pequeño,
normalmente es de poca importancia para el auditor, a menos que el hecho
involucre a la administración de alto nivel. En la última situación, el fraude
de caja chica puede indicar un problema más profundo que involucra la
integridad de la administración. Esto puede indicar al auditor que debe volver
a valorar la evaluación de riesgo de fraude y el impacto en la naturaleza,
tiempo propicio y grado de la evidencia de la auditoria.
Cuando el auditor determina que el fraude
puede estar presente, la SAS 99 requiere que el auditor analice el asunto y el
método de auditoría para una investigación posterior en el nivel adecuado de la
administración, incluso si el hecho se pudiera considerar como sin
consecuencias. El nivel adecuado de la administración debe al menos ser de un
nivel por encima de aquellos que están implicados, al igual que el nivel más
alto de la administración y el comité de auditoría. Si el auditor cree que los
niveles más altos de la administración pueden estar involucrados en el fraude,
el auditor debe analizar el asunto directamente con el comité de auditoría
Ley Sarbanes-Oxley
En el año 2002, en Estados Unidos se
promulga la Ley Sarbanes-Oxley, donde se incluyen cambios en el alcance de las
reglamentaciones sobre los valores que podrían representar desde la sanción de
la Securities Exchange Act de 1934. Esta Ley dispone la creación del Public
Compnay Accounting Oversigth Board (PCAOB) para supervisar las auditorías de
empresas que cotizan en bolsa y que están sujetas a las leyes sobre valores de
la Securities and Exchange Comisión (SEC).
Se establece un nuevo conjunto de normas
de independencia del auditor, nuevos requisitos de exposición aplicables a las
empresas que cotizan y a sus miembros, y severas sanciones civiles y penales
para los responsables de violaciones en materia de contabilidad o de informes.
También se imponen nuevas restricciones a los préstamos y transacciones con
acciones que involucran a miembros de la empresa.
Para las empresas que cotizan valores de
los Estados Unidos de Norteamérica, los efectos más destacados de la Ley se
refieren a la conducción societaria; la ley obligará a muchas empresas a
adoptar cambios significativos en sus controles internos y en los roles
desempeñados por su comité de auditoría y la gerencia superior en el proceso de
preparación y presentación de informes financieros.
En este sentido, la ley otorga mayores
facultades a los Comités de Auditoría que deben estar conformados en su
totalidad por directores independientes, donde al menos uno de los cuales debe
ser un experto financiero. Este Comité es responsable de supervisar todos los
trabajos de los auditores externos, incluyendo la pre-aprobación de servicios
no relacionados con la auditoría y a la cual los auditores deben reportar todas
las políticas contables críticas, tratamientos contables alternativos que se
hubieran discutido para una transacción específica, así como toda comunicación
escrita significativa que se haya tenido con la Gerencia.
La ley también impone nuevas
responsabilidades a los Directores Ejecutivos y Financieros y los expone a una
responsabilidad potencial mucho mayor por la información presentada en los
estados financieros de sus empresas ya que, entre otros, éstos requieren
mantener y evaluar la efectividad de los procedimientos y controles para la
exposición de información financiera, debiendo emitir regularmente un
certificado al respecto. La ley también impone severas penas por preparar
información financiera significativamente distorsionada o por influir o
proporcionar información falsa a los auditores.
5.20.
Association of Certified Fraud Examiners – ACFE
Para
la Association of Certified Fraud Examiners, al referirse a fraudes corporativos,
se incluye a cualquiera de estas tres formas:
5.20.1. Malversación o apropiación
indebida de activos
Es
cuando el empleado es quien roba o hace mal uso de los recursos de la
organización (apropiación de dinero, facturaciones fraudulentas o reporte de
gastos inflados).
5.20.2. Corrupción
Se
da cuando el empleado ejerce indebidamente su influencia en una transacción
comercial, de modo que viola su deber para con el empleador a fin de obtener un
beneficio directo o indirecto.
5.20.3. Fraude en los estados
financieros
Se
produce cuando el empleado registra intencionadamente un error u omisión en la
información relevante de los estados financieros.
Estas
tres categorías se pueden desglosar en estos diferentes tipos observando
múltiples formas que llegarían a presentarse los fraudes, como se observa en el
siguiente cuadro:
Gráfico 2. Esquema de categorías de Fraude
Fuente: Guía para las banderas, 2017
Para conocimiento
general se exponen algunos ejemplos relacionados a casos de irregularidades de
activos fijos de la Gobernación de Cochabamba y sus funcionarios:
Ejemplo 1: “Por
arte de magia”, desaparecen activos del Poder Judicial en Cochabamba
Radio noticias: “Un sin número de bienes,
revólveres, computadoras y otros se han perdido”, denuncian.
“En primera instancia se me pasa un documento de todos los activos de la
gente que ha manejado todos los bienes del Poder Judicial”.
Desaparece como por arte de magia revólveres, computadoras, entre otros
activos del Poder Judicial del Distrito de Cochabamba. El Dr. Fernando Ribera,
responsable del Consejo de la Magistratura, constató lo mencionado ya que se
realizó una inspección sorpresa en los almacenes. (Corte Superior de Justicia de Cochabamba, Archivo Los
Tiempos)
“Verificada la situación hemos constatado de que durante varios años no
se ha hecho un trabajo específico de verificar o no los bienes de este Poder
Judicial. Bajo esa constancia, previo estudio analítico de expertos auditores
en la materia hemos podido constatar de que ha se ha perdido un sin número de
bienes del Poder Judicial, incluso hay revólveres que son 4, hay computadoras, mesas,
sillas, lámparas, una serie de bienes que están detalladas un poco
exorbitante”.
Este acto irregular no quedar impune, se dará con los autores del delito
a decir de Ribera.
“Ya hay ratificación de que varios bienes no están ya en dependencias
que eran parte del Poder Judicial. Como nuevo representante en función a la Ley
Marcelo Quiroga Santa Cruz no estoy dispuesto a encubrir a nadie, no he venido
a solaparme con nadie y lo que yo voy hacer los alcances de esa ley que se
aplique a quien ha cometido aquellas irregularidades”. (Emitida por Radio Fides)
Ejemplo 2: Hallan un sinfín de irregularidades en Mochilas III y
direccionamiento
Después que la Contraloría General del Estado
destapó el caso Mochilas III, se conoció el informe que respalda la denuncia y
revela un sinfín de irregularidades en la adquisición de los materiales para
2016, que complican aún más la situación del alcalde José María Leyes, de 13
funcionarios y de la empresa Velpa.
Fuente:
Archivo Los Tiempos/http://www.lostiempos.com, 2018
La denuncia de la Contraloría, que además fue enviada
al alcalde suplente Iván Tellería, detectó anomalías de principio a fin en el
proceso de adquisición y destaca 10 graves.
La denuncia de la Contraloría da cuenta de que el
informe no estaba inscrito en el POA, porque José María Leyes asumió la gestión
a mediados de 2015, cuando el plan ya estaba diseñado y aprobado. A pesar de ello
se lo inscribió en el cuarto reformulado, pero sin cálculos de respaldo.
El 13 de octubre de 2015, la Unidad Solicitante
pidió a la Responsable del Proceso de Contratación (RPC) el inicio del proceso.
Se aprobó y subió al Sistema de Contrataciones Estatales (Sicoes). Se generó la
segunda irregularidad, pues esto se realizó sin presupuesto aprobado, toda vez
que el Concejo admitió el cuarto reformulado el 17 de diciembre.
Luego, se fijó un precio referencial sin
justificación técnica, pues se adjuntaron dos cotizaciones de librerías pero
sin establecer el costo del transporte, tributos, entre otros, señala el
informe. Los funcionarios de educación que hicieron el cálculo y la RPC tienen
responsabilidad en esta irregularidad.
Tampoco tiene respaldo el plazo de entrega. “Es de
30 días calendario, con una producción de 3.000 mochilas por día, aspecto que
no contaría con sustento técnico o de mercado, limitando en ello la
participación en igualdad de condiciones”, indica el documento y considera esto
como direccionamiento.
La RPC designó a la comisión de calificación. Se
hizo la reunión de aclaración con tres empresas, sin que haya estado la que se
adjudicó el plan.La Secretaría de Desarrollo Humano y
funcionarios realizaron cuatro enmiendas sin sustento, pues no responden a las
dudas de la reunión de aclaración con las empresas
Gráfico 5. Ex-secretario Andres Cuevas
Fuente:
Archivo Los Tiempos/http://www.lostiempos.com, 2018
Como siguiente paso, la RPC indicó al comité calificador
que se recomendaba la anulación del proceso, porque en el DBC figuraba otro
nombre como RPC y porque había dos direcciones para la presentación de
formularios. Este hecho se ejecuta. Entonces, quedan sin efecto las propuestas
de dos empresas.
Pero, la comisión de calificación hizo una
evaluación preliminar. Observó que la Asociación Velpa–Vásquez no tenía
documento de constitución, existe inconsistencias en la información y la
propuesta económica era la más alta. La otra firma no tuvo observaciones.
Luego, se volvió a llevar a cabo el proceso y se
volvió a presentar Velpa sin asociarse y cumpliendo con varios aspectos, pero
los informes no son coincidentes.
Finalmente, se adjudicó y surgieron irregularidades
como la ampliación de plazos sin justificación para la presentación de papeles.
Además, se hizo la entrega pública de mochilas, en
marzo, cuando el ingreso en almacenes fue el 11 de abril. Además, el pago se
tramitó con excesiva celeridad, en un solo día la Alcaldía emitió el cheque por
más de 8 millones de bolivianos.
Más ejemplos de
irregularidades en activos o similares.
Gráfico 6. Indagan 8 casos de irregularidades en Cochabamba
Fuente:
Archivo Los Tiempos/http://www.lostiempos.com, 2018
Ocho nuevos casos
de presuntas irregularidades en contrataciones, dos por la empresa
descentralizada Semapa y seis de consultorías solicitadas por la Secretaría de
Finanzas de la Alcaldía, serán investigadas por la Unidad de Transparencia y de
Auditoría Interna de estas instituciones.
El concejal Carlos
Coca (Demócrata) denunció el viernes probables irregularidades en la
contratación por el “Servicio de lecturas y actualización del catastro
comercial gestión 2018” a cargo de la empresa Microlec, ya que su representante
legal, Ricardo Orellana, fue a la vez designado como peón dos en Semapa.
“Asimismo se conoce que la Fundación Aguatuya y la empresa Microlec es del
mismo representante legal, Gustavo Heredia, es decir que el diseño, ejecución y
provisión de material está atribuida a una misma persona”, dijo Coca y destacó
que este punto vulneró lo estipulado en la Ley de Administración y Control
Gubernamentales (Safco)
Al respecto, el
gerente de Semapa, GamalSerhan, quien estaba de vacaciones, se presentó ante la
prensa ayer para desmentir las denuncias de irregularidades. También descartó
que fuera alejado del cargo. Su continuidad será evaluada por la Alcaldesa.
“Todos los proyectos que hemos ejecutado como Semapa han estado enmarcados en
la normativa y se han hecho de manera transparente, yo puedo dar fe de eso y si
es necesario voy a estar ante cualquier instancia para ser investigado”, apuntó
Serhan. Acotó que sólo un proyecto de una planta de tratamiento de agua para el
Distrito 9 fue diseñado por la Fundación Aguatuya y que ésta no fue ejecutada
por causas sociales.
Por su parte, el
miembro del directorio de la Fundación Aguatuya y representante legal de la
empresa Plastiforte, Gustavo Heredia, dijo: “Aguatuya es sin fines de lucro y
sólo diseñó un proyecto, mientras que Plastiforte ganó dos licitaciones de seis
a las que se presentó entre 2016 a 2017 y se cumplió con todo lo establecido”.
Ante las denuncias,
el directorio de Semapa solicitó a la Unidad de Transparencia y Auditoría
Interna, la documentación de los casos y establecer responsabilidades.
“En tanto, el
concejal Jiménez, quien denunció otros casos de irregularidades por la
contratación de seis consultorías a cargo de Álvaro Pabón, recalcó que se
vulneraron diversos procedimientos y que no existe una relación costo-beneficio
de éstos. Estos elementos deben ser investigados por la Unidad de Transparencia
municipal”(Los Tiempos/ periódico)
Para estos
casos se nota una clara vulneración al Reglamento Específico de Administración
de Bienes y Servicios del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba el mismo
establece que este tipo de contrataciones o adquisiciones de bienes deben ser
visadas por la unidad jurídica.
La norma establece
que se deberá establecer una relación costo-beneficio y la unidad solicitante
debe decir qué va a resultar de éstas, pero lo extraño es que, por ejemplo, hay
consultorías con un tiempo de ejecución de cinco días por un monto de 49.800
bolivianos, otra de 15 días por el mismo precio, sin variar un boliviano, cuando
las unidades requirentes son diferentes.
De tal manera se observa que muchas de las normas, reglamentos,
tanto del aspecto de Gobernación así como contable y auditable, no siguen los
procedimientos, el monitoreo, según plasmado en las normativas vigentes y
actualizadas, hay una excesiva falta de compromiso y atención a este tipo de
temas que solo quedan en el momento y como noticia.
Por estos motivos es donde debiera existir auditorias exhaustivas, precisas, profundas, buscando a los perpetradores correctos para su proceso administrativo, sancionatorio civil, según el porcentaje de participación, si logre ver y evidenciar informes de auditorías que fueron presentadas al público por medios electrónicos, como una que es de la gestión 2011 por la Construcción de Puentes, pero luego de esa gestión no logre encontrar similares.
Por estos motivos es donde debiera existir auditorias exhaustivas, precisas, profundas, buscando a los perpetradores correctos para su proceso administrativo, sancionatorio civil, según el porcentaje de participación, si logre ver y evidenciar informes de auditorías que fueron presentadas al público por medios electrónicos, como una que es de la gestión 2011 por la Construcción de Puentes, pero luego de esa gestión no logre encontrar similares.
6. Marco Metodológico
6.1. Enfoque
En este caso se hizo según un enfoque cualitativo
que no busca réplica, los significados se extraen de los datos, no se
fundamenta en la estadística, siendo amplia con riqueza interpretativa y
contextualizando el fenómeno estudiado por lo tanto este enfoque utiliza la
recolección de datos sin medición numérica para descubrir o afinar preguntas de
investigación en el proceso de interpretación (Metodología de
la Investigación, Roberto Hernández, Carlos Fernández, Pilar Baptista, 2006).
6.2. Tipo
Es de tipo explicativo, que permite identificar y
desarrollar a la auditoría forense en toda su plenitud, sin tantos
límites y con todas las soluciones posibles según este caso.
6.3. Diseño
Para el
desarrollo de este trabajo se realiza un
plan previo, el diseño hace referencia a la estrategia para obtener información
para responder al problema, obteniendo con diseño no experimental, es decir,
que observa los estudios sin modificarlos. (R. Hernández, C. Fernández.
Baptista, 2010:100)
6.4. Método
El presente trabajo está basado en un método
cualitativo, incluyendo ejemplos de otras gobernaciones nacionales con respecto
al tema de investigación.
Esta investigación se
desarrolla con una detallada observación a todos los parámetros que se encontró
para corroborar que existen irregularidades en el manejo de los activos fijos,
para después realizar el diseño de Fichas Técnicas con el objetivo de que fuera
considerada por la Gobernación de Cochabamba.
6.5.2. Análisis de documentación
obtenida
Toda documentación para esta investigación fue
analizada de forma concisa y responsable.
7. Marco Práctico
7.1. Introducción
Se logra
efectuar un análisis de los resultados que debe surgir de la conjunción de
procesos, conduciendo hacia la separación de los aspectos principales del
problema y los aspectos secundarios del mismo, como una explicación de las
propuestas.
Las Fichas
Técnicas es un conjunto de control diario desarrollados de manera sistemática,
que tiene como objetivo disminuir las irregularidades de los activos fijos en
el movimiento de las mismas, las cuales se aplicarían para todos los activos
fijos tanto de entrada, salida incluyendo los motorizados, de lo cual se
registrara el que solicita el activo, a qué departamento corresponde el
solicitante, descripción del activo, código, la fecha que se solicita, con su
respectivo número de ficha de lo cual debe ser correlativo según los archivados,
existe un punto donde se debe especificar el motivo del ingreso o salida, ahora
bien debe ser firmada por el Gerente Administrativo, Auditoría Interna y del
Responsable de Activos Fijos.
Las fichas
servirían para un control preciso de los activos tomando en cuenta que la misma
circularía por las autoridades máximas de interés por regularizar el manejo de
los activos sin su perdida, se toma en cuenta que su aplicación disminuirá las
irregularidades por que existiría mayor personal que constate el movimiento
adecuado llegando a ser partícipes tres máximas autoridades aparte del
funcionario solicitante.
Con el diseño de
las Fichas Técnicas se ofrece un instrumento adicional con la que se pretende
contribuir a la erradicación irregular de los bienes de la institución,
aplicando las mismas que permite el manejo correcto por parte de los
funcionarios hacia los activos fijos correspondientes a la Gobernación de
Cochabamba.
7.2. Propuesta
Como se menciona en el presente trabajo, la propuesta a la problemática
sobre las irregularidades en el manejo de activos fijos es el Diseño de Fichas
Técnicas que coadyuvarán al manejo adecuado, preciso, responsable de las
salidas, entradas de los activos fijos, así como una Ficha específica para los
motorizados pertenecientes a la Gobernación. A continuación se presenta los
modelos de dichas Fichas Técnicas:
Fuente: Elaboración Propia, 2019
- Nombre de la persona que solicita el bien.
- Departamento solicitante.
- Día, mes y año del ingreso del bien de la
empresa.
- Cantidad de bienes a ingresar.
- Descripción especifica del activo fijo
- Código asignado para su respectivo control.
- Número de serie del bien
- Tipo de ingreso
- En caso de ser reingreso, especificar la
salida.
- Motivo y procedencia del ingreso.
- Observaciones: Describir cualquier aspecto no
detallado en la ficha.
Fuente: Propia, 2019
1. Nombre
de la persona que solicita el bien.
2. Departamento
solicitante.
3. Día,
mes y año de la salida del bien de la empresa.
4. Cantidad
de bienes a ingresar.
5. Descripción
especifica del activo fijo
6. Código
asignado para su respectivo control.
7. Número
de serie del bien
8. Tipo
de salida
9. En
caso de ser reingreso, especificar la salida.
10. Motivo
y procedencia del ingreso.
11. Observaciones:
Describir cualquier aspecto no detallado en la ficha.
Fuente: Propia, 2019
1.
Nombre del departamento que solicita
vehículo.
2.
Nombre de la persona que utilizara el
vehículo.
3.
Destino del vehículo.
4.
Las características del vehículo (marca,
modelo y número de placa).
5.
El día, mes y año de la fecha de salida.
6.
Condiciones en que sale y entra en
vehículo (marca, modelo y número de placa).
7.
Equipo con el que sale o entra el
vehículo.
8.
Observaciones del vehículo.
9.
Nombre y firma de la persona que
autoriza, recibe y revisa.
8. Conclusiones
Por el análisis de la información de esta investigación, las
irregularidades que se presentan en el manejo de los activos fijos en la
Gobernación de Cochabamba por funcionarios del mismo, concluye que:
Considerando la Auditoría Forense en estos hechos dolosos, la propuesta
de implementar las Fichas Técnicas de entrada y salida de activos constituye
una fuerte herramienta para el combate del fraude y la corrupción, en muchos
casos es tomada como una auditoría especializada en la obtención de evidencias
para convertirlas en pruebas, las cuales pueden ser utilizadas en el aspecto
legal (tribunales) si se da el caso, colaborando a juzgar los posibles actos fraudulentos
permitiendo combatir efectivamente los delitos económicos y financieros realizados
en contra de la entidad, institución u organización.
Es por este
motivo el trabajo de campo desarrollado se identifica que carece de mayor
control fuera del inventario, por lo tanto la propuesta expuesta en este
trabajo queda en consideración, la misma podría ser realizada de forma
cotidiana por el control responsable de los encargados de la salvaguarda de
todos los activos fijos de la institución.
Por lo tanto el diseño de las fichas técnicas contribuyen a examinar el nivel de responsabilidad de los funcionarios involucrados en sus unidades con respecto al manejo de Activos Fijos de la Gobernación de Cochabamba, identificar si existe un adecuado inventariado de los activos fijos de forma periódica basado en normas vigentes o resoluciones internas.
Todo para lograr disminuir de
forma responsable, sistemática y profesional, las irregularidades en el manejo
de activos fijos de los funcionarios de unidades involucradas relacionadas a la
procedencia y destino de estos activos fijos de la Gobernación de Cochabamba.
9. Recomendaciones.
Para contribuir a la disminución o erradicación del problema de
irregularidades en los activos fijos se considera los siguientes puntos para
detectar con anticipación este tipo de situaciones, se precisa efectividad y
eficiencia en las operaciones, confiabilidad de los reportes financieros, así
como cumplimiento de leyes, normas y regulaciones, que enmarcan la actuación
administrativa de la organización.
Es duro para muchas autoridades como ser
Gobernadores, alcaldes, u otras con algún poder jerárquico encontrarles
falencias en su administración y más aún cuando no se tiene el suficiente conocimiento
de los fraudes o irregularidades que se producen, por lo tanto se
recomienda realizar auditorías forenses con previa capacitación a los auditores
internos de las organizaciones o entidades, de esta manera los auditores correspondientes
podrían llegar a adquirir más información con respecto a las auditorias
forenses o tomar como base la experiencia de auditores forenses que lograrían
pertenecer a esta institución e incluso a otras que usualmente no cesan las
irregularidades.
Considerar la implementación de estas Fichas
Técnicas para el manejo de los activos fijos de forma diaria en la Gobernación
de Cochabamba, que ayudaría al control de las entradas y salidas de los mismos,
con previas autorizaciones de la Máxima Autoridad Ejecutiva.
Referencias Bibliográficas
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forense en la investigación criminal del lavado de dinero y activos, Ecoe
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Briones G., Metodología de la Investigación Cuantitativa en las
Ciencias Sociales, 2002, Bogotá, Colombia, ARFO Editoras e Impresiones Ltda.
Coronel
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Primera Edición.
Compendio de Normas de
Contabilidad y Auditoría, Colegio de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia,
2014.
Díaz, M., 2007, Auditoria Forense. En Revista
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Finney H., Curso de
Contabilidad-Introducción, México, Tomo I, Editorial Hispanoamericana.
Finer H., Teoría y
práctica del Gobierno Moderno, 1964, Madrid, Editorial Tecnos.
Gonzales Alanes C.
E., Marco Normativo para la información Financiera en Bolivia, 2014, La Paz,
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